En atención a los argumentos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLINA su competencia al prenombrado Juzgado, por ser el competente por la materia, todo de conformidad con los dispuesto en los artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con lo establecido en Resolución Nro. 2007-0013, del 11 de Abril de 2007.
En consecuencia remítase la presente demanda bajo Oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia con competencia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes, la Trinidad, Sucre, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en su oportunidad legal.