DECLARA:
PRIMERO: Se decreta la ejecución voluntaria de la transacción celebrada en la presente causa, entre los ciudadanos IMAD FOUAD ABI NAIM, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.261.745, en contra del ciudadano BASSAM SALHA, de origen sirio, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº E-82.300.000, celebrada el 28 de Septiembre del año 2016 y homologada en la presente causa el 03 de octubre de 2016.
SEGUNDO: A tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, se le concede a la parte demandada-ejecutada el plazo de diez (10) días de Despacho contados a partir de que conste en autos su notificación, para el cumplimiento voluntario de lo acordado en el acuerdo transaccional, haciéndole saber a las partes, que no podrá comenzarse la ejecución forzada hasta que haya transcurrido íntegramente dicho lapso sin que se hubiese cumplido voluntariamente la sentencia.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
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