DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana GREGORIA QUIROZ, llevada bajo el Nº 150, en el año 1950, por la Coordinación de Registro Civil del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, y del Registro Principal Civil con sede en San Felipe Estado Yaracuy. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Que en el único apellido de la madre de la solicitante en el Libro Original llevado en el Registro Civil del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy como QUIROT, y en el Libro duplicado llevado en el Registro Principal de San Felipe como QUIROS, siendo esto incorrecto, ya que su apellido no termina en "T" ni en "S", es.....