En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la pretensión de REIVINDICACION, intentada por la ciudadana MARIA VICTORIA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.123.983, contra el ciudadano VICTOR ALFREDO GOMEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 14.336.888.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte demandante.