DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos IDIGORAS VALENTE ANE MIREN y BRAVO RODRIGUEZ JAIME JUAN MARCOS, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V- 5.614.345 y V-11.932.300, en contra del ciudadano NELSON SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 5.465.733 en su carácter de Presidente de la Junta Directiva de la ASOCIACION DE CONDUCTORES LINEA GUAICAIPURO.
2.- ADMITE la acción de amparo incoada.
3.- ACUERDA tramitar la solicitud de amparo constitucional conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1° de febrero de 2000......