De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La reposición de la causa al estado de nombrar nuevo defensor judicial, de los herederos desconocidos de los de cujus FRANCISCO ARREVILLALES y DANIEL ARREVILLALES quienes eran venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nrosº V- 424.223, V- 437.511, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se ordena proceder a la designación de un nuevo defensor Ad Litem de los herederos desconocidos de los de cujus FRANCISCO ARREVILLALES y DANIEL ARREVILLALES, antes identificados, una vez que quede firme el presente fallo.