Declara: la INCOMPETENCIA de este Tribunal para seguir conociendo de la presente demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por el ciudadano MARCO ANTONIO CUCCARO GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad número V-13.984.041, representado judicialmente por los Abogados Luis Domínguez, Mariela Piñero y Rosimary Perdomo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-4.972.225, V-11.270.572 y V-16.594.309, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.918, 108.417 y 159.670, respectivamente; contra la ciudadana ANA MARY GUEDEZ PALMA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad número V-16.270.172; y en consecuencia, declina la competencia por la materia en el Juzgado de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a quien corresponda una vez realizada.....