DECLARA INADMISIBLE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por la ciudadana ISABEL TORTOLANI ZAMORA DE HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.456.490, representada por el abogado en ejercicio de su profesión Omar Antonio González Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 68.080, contra la sociedad de comercio FABRICA DE POSTES CHEKOPOST, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 1, Tomo 72 de los Libros de Registro de Comercio, de fecha 10 de julio de 2007, representada por el ciudadano CARLOS MIGUEL QUIRÓZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.906.701.