Por todos los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", NIEGA LA ADMISION, de la demanda de Divorcio presentada en base a la causal 2° del Artículo 185 del Código Civil Venezolano vigente, interpuesta por el ciudadano JENRRY ELIESER PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-12.280.492, domiciliado en la avenida Bolívar, con calle 08, Boraure, Municipio La Trinidad, estado Yaracuy, asistido por el abogado Francisco Javier Herrera Páez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 187.343, contra la ciudadana BEXI YAMILETH PEREZ SAVEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-17.156.942, domiciliada en la avenida Páez, con calle Nro. 09 y esquina de la avenida 07, s/n, sector Melitón Cambero, Boraure, .....