Declara: ORDENAR al demandante subsanar, dentro del plazo de cinco (05) días de despacho siguientes al de hoy, su solicitud de Adopción Simple, realizando las siguientes correcciones: Acompañar los instrumentos originales y certificados (Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la solicitante y Copia certificada del Unión Estable de Hecho de la solicitante), asi como también, corregir el escrito de solicitud de adopción, adecuándolo al contenido del artículo 23 de la Ley de Adopción Vigente. En caso de incumplimiento de la subsanación que se ordena, se procederá a declarar Inadmisible la pretensión y su posterior archivo.