Declara con Autoridad de Cosa Juzgada el DECRETO INTIMATORIO, dictado en el presente procedimiento en fecha 30/04/2019 (folios 36 al 38), de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil; y en consecuencia, condena al ciudadano OSWALDO JOSÉ GODOY GAMARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.649.865, y domiciliado en la Casa N° 2-10 del Parcelamiento Urbanístico "Villa de Rioja", situada en la Avenida Las Américas de la Urbanización Bella Vista, frente a la Urbanización El Ciepito del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, a pagar las siguientes cantidades: PRIMERO: DIECISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA (US$. 17.980,00) o su equivalente, en moneda de curso legal, la cantidad de NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BS. 93.547.962,20), de conformidad con el artículo 128 de la Ley del Banco Central.....