En consecuencia de lo antes referido, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadana VIAN JENNIFER LOPEZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.381.879, contra la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA LOS SAUCES C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 13 de Marzo del año 2007, bajo el N°51, Tomo 325-A. Expediente 23944, y con última modificación estatutaria registrada en fecha 08 de Mayo del año 2014, anotada bajo el N° 13, representada en este acto por dos (2) de sus Directores, con las ciudadanas MARIA MONSERRAT RODRIGUEZ CONCEPCION, venezolana, mayor de edad, mayor de edad, titular de la cedula.....