Le imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento efectuado el día 25/07/2019 (folio 19), por la parte actora, ciudadana MARIA FRIDENCIA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, profesión oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad número V-4.482.541, domiciliada en Cocorotico La Trilla, Urbanización Menca de Leoni, Casa Nº 6, Parroquia Albarico, Jurisdicción Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, debidamente asistida por el Abogado Rómulo H. Estanga Graterol, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.092.421, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 14.571, en la presente demanda de EXISTENCIA DE LA UNIÓN CONCUBINARIA, contra los ciudadanos REINALDO CECILIO FLORES NUÑEZ, ARNALDO ENRIQUE FLORES TOVAR y MARIA YULIANI FLORES TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-16.354.033, V-14.098.698 y V-21.300.487, domiciliados en Cocorotico La Trilla, Urbanización Menca de Leoni, Casa .....