declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN, presentada por el ciudadano SILVINO ANTONIO MONTERREY, quien pide se cite a su cónyuge, ciudadana CARMEN MARÍA EVIEZ, en consecuencia, declina la competencia por la materia en el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y así se decide.