DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente acción de REIVINDICACION, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL TOVAR SÁNCHEZ contra el ciudadano FERNANDO ANTONIO TOVAR CORTEZ, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: DE CONFORMIDAD con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de evitar la trasgresión de la norma constitucional que garantiza el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, previsto en el encabezamiento y numeral 1° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y cumplir asimismo con la igualdad procesal de la parte prevista en el artículo 15 ejusdem, se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Líbrese boletas de notificación.