DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INCOMPETENTE para conocer y decidir la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, incoada por la abogada DANIELA ALBARRAN, inscrita en el Inpreabogado con el número 118.034 en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIELA GAFARO LANDINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.972.564, domiciliada en la Urbanización Manuel Cedeño, avenida 10, casa número 10, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, según consta en Poder autenticado ante la Notaría Pública de San Felipe, Estado Yaracuy de fecha cuatro (04) de octubre del año dos mil diez (2010), anotado bajo el número 30, tomo 145 de los Libros de Autenticaciones, llevados por dicha Notaría, contra el ciudadano.....