, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a la ciudadana GREGORIA RAMONA GIMENEZ CASTILLO DE HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 4.479.350 conjuntamente con los ciudadanos MAIBEL JOSEFINA HERRERA GIMENEZ, MARIA YSABEL HERRERA GIMENEZ, JUAN CARLOS HERRERA GIMENEZ y LUIS ENRIQUE HERRERA GIMENEZ, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 10.373.654, 11.272.962, 12.728.781 y 14.209.087 respectivamente ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano difunto CARLOS FEDERICO HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 818.843, quien falleció el día veintiuno (21) de Junio del año 2008, según consta en Acta de Defunción signada bajo el N° 48 del Libro de Defunciones llevado para el año 2008 por la Coordinación de Registro .....