Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos CARMEN YOLANDA MENDOZA VELASQUEZ, RENNY ALEXANDER MENDOZA VELASQUEZ, YARITZA COROMOTO MENDOZA VELASQUEZ, MIGDALIA COROMOTO MENDOZA VELASQUEZ, RICHARD RAMON MENDOZA VELASQUEZ y PEDRO ANTONIO MENDOZA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 10.365.069, 15.767.954, 12.077.656, 7.584.884, 12.726.464 y 7.584.885 respectivamente, civilmente capaces, con domicilio en la calle el Rosal con Callejón ciego del Sector El Galpón, Sabana Larga, Municipio Bruzual - Estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que los solicitantes fomentaron sobre un Lote de Terreno Propi.....