DECLARA: PRIMERO: Extinguida la Obligación Alimentaría convenida en el procedimiento de HOMOLOGACIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN, suscrita ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, por la ciudadana: IRIS DIAZ, en representación de su hijo el adolescente: JOSE GREGORIO TERAN DIAZ, por una parte y por la otra el ciudadano: MARIO TERAN, por haber alcanzado el beneficiario JOSE GREGORIO TERAN DIAZ, la mayoría de edad. SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa y archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez Provisorio;
Abg. JOSE ANTONIO MARIN GONZALEZ
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
JAMG/aaag.-