DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: FERRER GARCIA JOHNNY JOSE Y BRIGELEPSI GREGORIA ALVARADO FALCON, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.107.841 y V- 16.973.477 respectivamente, asistidos por la abogado MARISELA HERNANDEZ VEGA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 20581 de transito por este Municipio. Por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 18 de diciembre del año 2000, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Urachiche del Estado Yaracuy, hoy Registro Civil del Municipio Urachiche, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 70 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado para el año 2000.
No hay pronunciamiento en relación a hijos ni sobre bienes que liquidar por la manifestación de los solicitantes que no fueron procreados hijos ni existen bienes que liquidar.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICA.....