decreta MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE RETENCION DE SUELDO Y REMUNERACIONES, que le puedan corresponder a la ciudadana MAIRA ALEJANDRA PERAZA QUIROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.262.058, soltera, de este domicilio, quien presta servicios como aseadora a la orden de la Dirección Ambiental Estadal Yaracuy, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente; a la cual le serán retenidas las siguientes cantidades y conceptos: 1) SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 600,00) por concepto de PENSIONES DE ALIMENTOS, que se le retendrán mensualmente de su salario a partir del mes de abril de 2011; 2) OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 800,00) que se retendrán del pago único de UTILES ESCOLARES, a razón de Bs. F. 400,00 por cada hijo o su equivalente, a partir del mes de agosto de 2011; 3) TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) por AGUINALDOS que se le retendrán anualmente de su bonificación de fin de año; 4) La cantidad de TRESCIENTOS CINCUENT.....