DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia de ello se establece al ciudadano: MARCOS ANTONIO RAMÍREZ OCHOA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.984.841, de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las niñas: (Identificación Reservada) de este domicilio, de cinco (5) y dos (2) años de edad respectivamente, por la cantidad de OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES (Bs. 817,00), quincenales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada quincena por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo:.....