DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia se establece al ciudadano: JOSÉ RAMON OCHOA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.454.173 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las niñas: (Identificación Reservada) y de este domicilio, por la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00) mensuales que deberá entregar directamente a la madre de las niñas referidas o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada mes por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicionalmente al pago de la manutención mensual, con entregar a la madre de las niñas referidas, el aporte que entr.....