DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar innominada a que se refiere este cuaderno de medidas, formulada por el Abogado RÚBEN RAFAEL RUMBOS GIL, actuando como representante judicial de la demandada INVERSIONES AGROPECUARIAS ACOSTA PEREZ C. A. (INAPECA), ambos ampliamente identificados en autos
Segundo: Se condena a la demandada INVERSIONES AGROPECUARIAS ACOSTA PEREZ C. A. (INAPECA), ampliamente identificados en autos, al pago de las costas procesales de esta incidencia.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.-
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; Nirgua, a los Veinte (20) días del mes de Enero del año Dos Mil Nueve- Año 198º de la Independencia.....