DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: JEUNIZ GABRIEL PADRINO SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.453.759 y de este domicilio a:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hija la niña: (Identificación Reservada), por la cantidad de CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 50,00) semanales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cubrir el 50%, cuando menos, por atención médica, medicinas, útiles escolares, uniformes, calzado, ropa, recreación, cultura y deportes, que requieran los adolescentes en cuyo beneficio se fija esta obligación de manutención
Tercero: En los meses de Agosto y Diciembre deberá aportar para gastos de útiles escolares y uniforme para.....