DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: EBERT ALFREDO TORTOLERO OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.608.018, y de este domicilio Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hija la niña: (Identificación Reservada) por la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) semanales, que deberá entregar en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cumplir con el pago de una cuota especial adicional a la obligación de manutención en el mes de diciembre, equivalente a la compra de ropa y calzado para estrenos de navidad y año nuevo.
Tercero: Cubrir el 100% de los gastos que por atención médica, medicinas, calzado, ropa, recreación, cultura y deportes, requiera.....