Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: NEGAR LA EVACUACIÓN de la presente solicitud de jurisdicción no contenciosa, seguida por la ciudadana MAGDALENA ISABEL NAVAS, mediante asistencia judicial.
No se hace pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de la presente solicitud-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; Nirgua, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil once- Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
El JUEZ Titular
Abog. Iván Palencia Arias
La Secretaria Titular.
Abog. Melida Rodríguez
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