DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: VICTOR BLADIMIR GARCIA AGUIAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.647.134 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las adolescentes: (identificación Reservada), por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 263.79) mensuales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada mes, en la cuenta de ahorros que al efecto se abrió por este Juzgado en el Banco de Venezuela sucursal Nirgua, Estado Yaracuy.-
Segundo: Cumplir, adicionalmente a lo fijado como obligación de manutención mensual, con el pago de una cuota extra de DOSCIENTO.....