DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
como consecuencia de ello se establece al ciudadano: ELOY RAMON NIÑO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.096.743 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las adolescentes: ANA GABRIELA NIÑO CARRILLO y MAIRELY NIÑO CARRILLO, de este domicilio, por la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CENTÍMOS (Bs.144,66), semanales , que deberá entregar directamente a la adolescente demandante o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente el demandado deberá cu.....