Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por el poder conferido por la ley, así como dándole cumplimiento a lo ordenado por el tribunal de la causa declara ejecutada la medida de Entrega Material, haciéndole entrega inmediata en este acto al ciudadano Castillo Chirino Vicente, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.456.388, quien es propietario arrendador; del bien inmueble objeto de la presente medida.