DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Califica la detención en flagrancia, por estar llenos los extremos de conformidad a los Artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Tal como se evidencia del acta policial de fecha 25 de Noviembre de 2008, suscrita por los funcionarios aprehensores, adscritos a la comisaría Arístides Bastidas San Pablo Estado Yaracuy, en donde se deja constancia que el funcionario Paulo Escorche, al recibir instrucciones de su superior, se traslada a la avenida 2, con calle 1 y 2 de este jurisdicción específicamente a la residencias de la ciudadana: INOCENCIA ISABEL AVIEDO YOVERA, quien informa que goza de una medida de protección por parte de la fiscalia 13 del ministerio publico, de fecha 24/11/2008, al llegar al s.....