DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROTECCION y DE SU NÚCLEO FAMILIAR del ciudadano ELOY JOSE ALBONOZ BARRETO Titular de la Cedula de Identidad Nº 5.504.932, Venezolano de 48 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en callejón Sabana , sector pueblo nuevo, entre calles 07 y 08, abasto, víveres y licores cerrao, planta alta, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Consistente en RONDAS SUCESIVAS, por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, por un lapo de 90 días prorrogables a petición de la Unidad de Atención a la Victima. Ofíciese lo conducente al Fiscal Superior del Estado Yaracuy; A la Comandancia de policía del Estado y a la victima de la presente decisión