DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la Acusación fiscal y todas las pruebas ofrecidas por la Fiscal del Ministerio Publico SEGUNDO: En virtud de la Admisión de Hechos del acusado: Guillermo Rafael Sira Martínez. Venezolano, de 52 años de edad, nacido en fecha: 17/07/56, de Profesión u Oficio T.S.U, en producción Pecuaria, Titular de la cedula de identidad N° V.-4.447.754, Domiciliado en la Urbanización San José calle 4 Nº 32, Independencia Estado Yaracuy y en la casa de su mama en la residenciado en la avenida Cedeño, Quinta Mercedes Municipio Independencia del Estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO Y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39, 40 y 41 de .....