DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, decreta: PRIMERO: Esta instancia CALIFICA LA DETENCIÓN EN FLAGRANCIA DEL CIUDADANO de ELEOVARDO ANTONIO PEREZ BASTIDA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.590.593, venezolano, nacido en fecha 18-01-1967, de 41 años de edad, residenciado en el Sector II de San Jerónimo, calle 10 casa N° 14, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy por la presunta comisión del VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 15 numeral 4to encabezado en concordancia con el artículo 42 segundo aparte de la ley Orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de AURA ELENA URBAEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.279.57; Por estar llenos los extremos establecidos en el Articulo 248 de.....