DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A Se acuerda otorgar Libertad Plena conforme a lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JUNIOR ALEJANDRO MARTINEZ AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 09/01/1990, de 18 años de edad, natural de San Felipe, estado Yaracuy, titular de la Cedula de Identidad Nº 22.319.026, residenciado: Urbanización Juan José de Maya, Manzana C8, Casa No. 20, Marín, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Pena, ordenándose la tramitación de la causa por el Procedimiento Penal Ordinario. La presente fundamentación de la decisión tomada en Aud.....