Visto el contenido del escrito presentado por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Abogado OMAR ANTONIO GONZALEZ PEREZ, en el cual solicita sea decretado un mandato de conducción de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la norma adjetiva penal para el ciudadano LUIS ENRIQUE AULAR YANNELLI, titular de la Cédula de Identidad N° 13.984.880 y domiciliado en la urbanización Tricentenaria, calle 6, casa N° M21, Chivacoa, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: El artículo 310 de la norma adjetiva penal, con meridiana claridad establece que el Tribunal de Control a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar a cualquier ciudadano sea conducido por la Fuerza Pública en forma inmediata ante Funcionario del Ministerio Público que solicitó la conducción, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a fin de ser entrevistado por aquel sobre los hechos que se .....