Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad por la Ley acuerda declara en rebeldía al adolescente: Efraín José Castillo y ordena su localización y ubicación de conformidad con lo previsto en el artículo 617 de la Ley especial que rige la materia, para que comparezca a la audiencia preliminar. En consecuencia se ordena fijar la correspondiente audiencia preliminar una vez verificada la fecha en la Agenda Única.
Notifíquese a las partes del presente auto interlocutorio. Fíjese la audiencia. Cúmplase.
La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes
Abg. Yurubí Domínguez Ochoa
La Secretaria
Abg. Cecilia Zerpa