PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, ejercido por la parte recurrente, COBERTURAS ASFALTICAS VENEZOLANAS C.A. contra la decisión de fecha 06 de diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido por el profesional del derecho LUIS EDUARDO DOMINGUEZ , actuando en representación de la empresa COBERTURAS ASFALTICAS VENEZOLANAS C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 1376/2015, dictada en fecha 27 de noviembre de 2015 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, mediante la cual se declaró "Sin Lugar" la Autorización para el despido, solicitada por la entidad de trabajo contra el trabajador, ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DEC.....