En el día de hoy 04-02-2016, siendo las 09:00 a.m., estando presentes ambas partes, se dio inicio a la Audiencia Preliminar prolongada, tal y como estaba prevista. La Ciudadana Juez inició el acto recordándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos para la solución de conflictos, siendo el caso que ambas partes manifestaron las razones por las cuales se hace imposible llegar a un acuerdo conciliatorio, ni total ni parcialmente; razón por la cual la Ciudadana Juez, da por concluida la presente Audiencia Preliminar y DECRETA LA IMPOSIBILIDAD DE ALCANZAR LA CONCILIACIÓN. En consecuencia, se ordenó agregar a los autos los medios de pruebas consignados por las partes, quedando abierto el lapso establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la contestación de la demanda.-