Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la "PERENCION DE LA INSTANCIA" en el presente caso, en consecuencia se declara la "EXTINCION DEL PROCESO" contentivo del Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano ONAN CARRANZA PARUCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.068.192, en contra del ciudadano NELSON SAUL GUZMAN MENDIBLE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.756.820. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente y la remisión del mismo al Depósito de Expediente del Archivo Judicial Regional.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en atención a lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por aplicac.....