Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS BENEFICIOS DE LEY, incoada por la ciudadana BARBARA BRIZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.094.595 en contra de la Empresa Mercantil PANADERIA FORNOPAN.ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: En consecuencia, la parte demandada PANADERIA FORNOPAN, deberá pagar a la demandante la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES DIGITALES SIN CENTIMOS (BS.D 7.792,00).
TERCERO: Se ordena a la parte demandada la cancelación correspondiente a los Intereses legales devengados por la prestación de Antigüedad consagrada en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y bajo los pa.....