Revisadas las Actas Procesales que integran el presente asunto y visto el auto que riela al folio Cincuenta y tres (53) mediante el cual se fijo la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada para el día de hoy Lunes Nueve (09) de Febrero de 2009, a las Once de la mañana (11:00 a. m), y por cuanto la ciudadana Juez del Despacho por ocupaciones preferentes se encuentra imposibilitada a presidir dicha acto, es por lo que este Tribunal acuerda REPROGRAMAR, la celebración de la presente audiencia para el día MIERCOLES VEINTICINCO (25) DE FEBRERO DE 2009, a las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 a.m), sin necesidad de notificación de las partes las cuales se encuentran a derecho, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.