Revisadas las Actas Procesales que integran el presente asunto y visto el auto que riela al folio Cincuenta y cinco (55) mediante el cual se fijo la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada para el día de hoy martes Diez (10) de Marzo de 2009, a las dos de la tarde (02:00 p.m), y por cuanto la ciudadana Juez del Despacho por ocupaciones preferentes se encuentra imposibilitada a presidir dicha acto, es por lo que este Tribunal acuerda REPROGRAMAR, la celebración de la presente audiencia para el día MIERCOLES VEINTICINCO (25) DE MARZO DE 2009, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M), sin necesidad de notificación de las partes las cuales se encuentran a derecho, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.