Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Acordar conforme a lo solicitado, la acumulación de los asuntos signados con los Nros. UP11-L-2023-000031 y UP11-L-2023-0000036, a la causa signada con el Nº UP11-L-2023-000026, en virtud de que en dicha causa fue propuesta la acumulación. Segundo: como consecuencia del punto anterior, se ordena acumular tanto en físico como informaticamente en el Sistema JURIS200 todas las causas antes identificadas, las cuales a partir de la presente fecha se tramitarán bajo una sola nomenclatura, es decir, UP11-L-2023-000026, por ello se ordena oficiar a los Juzgados Tercero y Cuarto de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, para informarles sobre la procedencia de la .....