Vista la diligencia que riela al folio (41) de este asunto, suscrita por las Abogadas en ejercicios Abg. ZAFIRO NAVAS y FROILA BRICEÑO SIERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros 24.555 y 14.388, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte demandante y demandada respectivamente, mediante la cual solicitan la reprogramación de la Audiencia Preliminar fijada par el día de hoy Jueves Catorce (14) de Mayo de 2009, a las Nueve de la Mañana (9:00 AM). En consecuencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR ésta Audiencia Preliminar, y se fija para el día JUEVES VEINTIUNO (21) DE MAYO DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIODIA (12:00 M). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-