En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: REPONER LA CAUSA al estado de celebrar nueva audiencia preliminar, previa notificación del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO, VIVIENDA y HABITAT, de la PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA con sede en el Área Metropolitana de Caracas, ello a los fines de preservar los privilegios y prerrogativas de la República, de conformidad con el artículo 96 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley de la Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, sin la aplicación de la suspensión a la que se refiere mencionado artículo; de la misma manera, se ordena librar cartel a la empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA INGENIARÍA CONS.....