Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado este Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para día JUEVES 26-01-2006, a las 10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado este Tribunal deja constancia que el Actor representado por su Apoderada, consignaron escrito de pruebas y medios probatorios constantes de Seis (06) folios útiles con anexos marcados: "RC-6","RC-7","RC-8","RC-9","RC-10","RC-11","RC-12","RC-13","RC-14","RC- 15","RC",RC-1.....