La ciudadana Juez declaro abierta la sesión y explico a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energía y recursos mediante la evitación de un proceso prolongado, por cuanto se desprende del debate la imposibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; se deja constancia que la Juez que preside este acto trato de mediar y conciliar las posiciones de las partes y estas comparecieron a la prolongación de la Audiencia Preliminar sin lograrse la conciliación, de conformidad con lo previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por concluida la Audiencia Preliminar y se incorpora en este mismo acto al expediente las pruebas promovidas por las partes, al respecto este Tribunal agrega a los autos el escrito de Pruebas y Medios Probatorios promovidos por la parte Actora, constante de Seis (06) folios ú.....