Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del procedimiento incoado por el ciudadano EDGAR GUSTAVO GIMÉNEZ MARTÍNEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.612.535, en contra del ciudadano CIRILO ANTONIO SOSA, titular de la cédula de identidad Nro. 3.307.222, de conformidad con lo previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.