este Tribunal DECIDE: PRIMERO: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN A LA TRANSACCIÒN ALCANZADA POR LAS PARTES y contenidas en la presente acta; Dándosele el carácter de COSA JUZGADA SEGUNDO: Se ordena la devolución de los medios de pruebas consignados constantes de: Dos (02) folios útiles con cuarenta y ocho (48) anexos; los medios de prueba de la parte actora; y de: Un (01) folio útil con cuarenta y ocho (48) anexos; los medios de prueba de la parte demandada; los cuales las partes declaran recibir conformes en este acto. TERCERO: Se da por terminado el presente proceso y se ordena que se archive el expediente., PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yara.....